Al igual que en un automóvil o en una moto, el seguro de responsabilidad civil también es obligatorio para una embarcación de recreo.
Mucha gente no es consciente, pero desde el 1 de julio de 1999, es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para las embarcaciones de recreo, incluyendo las motos náuticas, según aparece regulado en el RD 607/1999, de 16 de abril.
El seguro obligatorio tiene por objeto cubrir la responsabilidad civil derivada de los daños materiales y personales, así como perjuicios que sean consecuencia de ellos, que por culpa o negligencia se causen a terceros, al puerto o a las instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en la mar.
Desde Bibe podemos aconsejarte y juntos, encontraremos el seguro que mejor se adapte a tus necesidades. Surca los mares con total seguridad, vive seguro.
Fuente: Ministerio de Fomento (Gobierno de España).