Se produce fraude en el seguro cuando el asegurado o el beneficiario de la prestación, con la intención de obtener un beneficio ilícito, engaña a la entidad aseguradora.
Fuente: Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Se produce fraude en el seguro cuando el asegurado o el beneficiario de la prestación, con la intención de obtener un beneficio ilícito, engaña a la entidad aseguradora.
¿Qué consecuencias tiene cometer una conducta fraudulenta a una compañía de seguros?
En el caso de que quede acreditada tal circunstancia, el fraude a una compañía aseguradora podría conllevar, según el Código Penal, una pena de entre 6 meses y 4 años de cárcel para las estafas que superen los 300 euros. Todo ello, sin perjuicio de la exoneración de la obligación de pago por parte del asegurador.
Fuente: Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.